
La Resolución Miscelánea Fiscal para 2026, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2025, incorpora algunos ajustes al Título 4 del Impuesto al Valor Agregado (IVA). A continuación, se resumen los principales cambios que los contribuyentes deben considerar a partir de 2026.
Actualización de anexos y fichas de trámite
En diversas reglas del Capítulo 4 del IVA se actualizan las referencias a los anexos que contienen las fichas de trámite. A partir de 2026, el Anexo 2 sustituye al Anexo 1-A, como consecuencia del nuevo orden de anexos en la RMF.
Este cambio impacta, entre otras, en las reglas 4.1.6, 4.1.8, 4.1.9, 4.1.10, 4.3.2 y 4.4.4. Asimismo, en la regla 4.3.6, el listado de ciudades que comprenden dos o más municipios deja de ubicarse en el Anexo 22 y pasa al Anexo 16.
Restricciones a la devolución expedita de IVA en proyectos de inversión
Se introducen nuevas limitaciones al beneficio de devolución acelerada de saldos a favor de IVA (plazo máximo de 20 días) para contribuyentes que realicen proyectos de inversión en activo fijo, conforme a la regla 4.1.6.
A partir de 2026, este beneficio no será aplicable cuando el contribuyente, sus proveedores o personas relacionadas se encuentren en supuestos vinculados con la emisión de comprobantes fiscalesfalsos, conforme al procedimiento previsto en el artículo 49-Bis del Código Fiscal de la Federación.
Derogación de facilidad para operaciones de financiamiento colectivo
Se deroga la regla 4.1.12, que en ejercicios anteriores otorgaba una facilidad relativa a la retención y el entero del IVA en los pagos de intereses derivados de operaciones de financiamiento realizadas a través de Instituciones de Financiamiento Colectivo (fintech).
A partir de 2026, estas operaciones dejarán de contar con dicha facilidad, por lo que será necesario revisar el tratamiento del IVA aplicable conforme al régimen general.
Cambio de ficha de trámite en importaciones exentas de IVA
En la regla 4.4.4, relativa a la importación de mercancías no sujetas al pago de IVA, se actualiza la ficha de trámite aplicable para formular consultas ante la autoridad fiscal.
La ficha 186/CFF se sustituye por la ficha 120/CFF, ahora incluida en el Anexo 2.