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La Silla Rota: Extranjeros podrán superar el 49% de participación con reforma constitucional

Pedro Canabal 1 sept 2026

El gobierno de México plantea reformar la Ley de Inversión Extranjera para que el capital foráneo pueda superar el 49% de participación en empresas de sectores estratégicos, siempre que lo autorice la Comisión Nacional de Inversiones en cada operación. La iniciativa fue enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum a la Cámara de Senadores.

Entre los sectores alcanzados están energía, comunicaciones, transporte, aeroespacial, almacenamiento de datos, sistemas digitales, salud, minería, defensa e instalaciones sensibles. El proyecto incluye además tecnologías críticas y productos de doble uso como inteligencia artificial, robótica, semiconductores, ciberseguridad, tecnologías aeroespaciales y de defensa, almacenamiento de energía, tecnologías cuántica y nuclear, nanotecnologías y biotecnologías.

El artículo 30 Bis del proyecto establece que, por razones de seguridad nacional, se requerirá resolución favorable de la Comisión para que la inversión extranjera participe directa o indirectamente en más del 49% del capital social de una sociedad mexicana cuyo valor total de activos rebase el monto que fije la propia Comisión y que opere infraestructura estratégica física o virtual.

El marco vigente y sus límites

Hoy, la Ley de Inversión Extranjera acota la participación foránea a un rango de entre 10% y 49% según la actividad. El tope de 49% aplica al transporte aéreo nacional, el transporte de aerotaxi y el transporte aéreo especializado, al suministro de combustibles y lubricantes para embarcaciones, aeronaves y equipo ferroviario, así como a la radiodifusión.

Otras actividades siguen reservadas a mexicanos o a sociedades mexicanas con cláusula de exclusión de extranjeros: el transporte terrestre nacional de pasajeros, turismo y carga —sin incluir mensajería y paquetería—, el comercio al por menor de gasolina y la distribución de gas licuado de petróleo.

A ello se suman las áreas que siguen siendo exclusivas del Estado como la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos en términos del artículo 27 constitucional; la planeación y control del sistema eléctrico nacional; la transmisión y distribución de energía eléctrica; la generación de energía nuclear; los minerales radioactivos; telégrafos, radiotelegrafía y correos; la emisión y acuñación de moneda, y el control, supervisión y vigilancia de puertos, aeropuertos y helipuertos.

Una Comisión Nacional de Inversiones fortalecida

"La reforma a la Ley de Inversión Extranjera fortalece la Comisión Nacional de Inversiones con la integración de dependencias vinculadas a la seguridad, inteligencia, finanzas y sectores estratégicos", expuso Pedro Canabal, Socio de Baker Tilly en México.

Entre las dependencias que se integrarán están los titulares de Defensa Nacional, Marina, y Seguridad y Protección Ciudadana. Además, se podrá invitar a las sesiones a autoridades y representantes de los sectores privado y social relacionados con los asuntos a tratar, quienes tendrán voz pero no voto en las decisiones.

En las sesiones donde se traten temas de seguridad nacional participarán de forma permanente, también con voz pero sin voto, los titulares de la Fiscalía General de la República, el Centro Nacional de Inteligencia, el Servicio de Administración Tributaria y la Unidad de Inteligencia Financiera. La Comisión podrá sesionar en cualquier momento a convocatoria de la Presidencia cuando los asuntos así lo requieran.

Canabal señaló que la iniciativa crea un nuevo enfoque de seguridad nacional al establecer un mecanismo específico para revisar inversiones extranjeras que puedan tener implicaciones en áreas sensibles.

Resolución en 40 días

El proyecto reduce a 40 días el plazo para que la Comisión resuelva las solicitudes que se le sometan, cinco días menos que el periodo vigente. Cuando los asuntos se refieran a cuestiones de seguridad nacional, se estará a lo dispuesto en el Título Sexto Bis de la ley.

Si la Comisión no resuelve dentro del plazo señalado, conforme a los artículos 8 y 9 de la Ley de Inversión Extranjera, la solicitud se considerará aprobada de forma automática según el proyecto. Canabal agregó que la Comisión podrá autorizar, autorizar con condiciones o impedir la adquisición cuando exista riesgo para la seguridad nacional.

En Baker Tilly acompañamos a las empresas en el análisis regulatorio de operaciones con inversión extranjera y en la preparación de solicitudes ante la Comisión Nacional de Inversiones.

Nota publicada originalmente en La Silla Rota, por José Manuel Arteaga.

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