
El 26 de marzo de 2026, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el DECRETO por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de la zona libre de Chetumal, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo, publicado el 18 de noviembre de 2022 en el Diario Oficial de la Federación.
Derivado de dicha publicación, les informamos que se ADICIONA al Artículo Décimo Cuarto del del "Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, el Decreto para el apoyo de la competitividad de la industria automotriz terminal y el impulso al desarrollo del mercado interno de automóviles, el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación, el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, el Decreto de la zona libre de Chetumal, el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial, el Decreto por el que se regula la importación definitiva de vehículos usados y los diversos por los que se establecen aranceles-cupo", la fracción arancelaria 7302.10.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), correspondiente a CARRILES (RIELES).
- Como resultado de esta modificación, la fracción arancelaria 7302.10.02 queda con un arancel de importación exento (Ex.); cabe señalar que, previo a esta modificación, dicha fracción arancelaria estaba sujeta a un arancel de importación del 20%, por lo que el cambio representa una reducción total del impuesto de importación aplicable a estas mercancías.
Este ajuste contribuye a la reducción de costos en la importación de insumos ferroviarios, así como al fortalecimiento de la competitividad y al desarrollo de proyectos de infraestructura en el país.
En Baker Tilly contamos con un equipo especializado en el seguimiento de este tipo de disposiciones, por lo que reiteramos nuestra disposición para brindar apoyo y asesoría a través de nuestros servicios de consultoría en materia de comercio exterior.
Puedes consultar el comunicado completo en el siguiente enlace: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5783297&fecha=26/03/2026#gsc.tab=0