
Acuerdo por el que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones 2025 para el Servicio de Administración Tributaria.
Eliel Amaya
18 dic 2025
Este 17 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación la SEXTA Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2025 y anexos 1 y 1-A en la que se da a conocer el segundo periodo general de vacaciones para 2025 del Servicio de Administración Tributaria:
• Del día 18 de diciembre 2025 al 2 de enero 2026.
Considerando lo anterior, en dicho plazo no se computarán plazos para los actos, trámites y procedimiento ante las unidades administrativas del SAT, conforme a la regla 2.1.6 fracción I de la Resolución Miscelánea Fiscal.
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