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Reforma al marco regulatorio en materia de prevención de lavado de dinero de las cuentas de depósito nivel 2 Bis

Adrián Bueno 31 jul 2026

El pasado 10 de julio de 2026 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación una reforma a las disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, cuyo objetivo fue armonizar el marco normativo y las obligaciones correspondientes a la incorporación del nuevo nivel 2 Bis de cuentas de depósitos a la vista aperturadas por clientes de las instituciones de crédito. La reforma entró en vigor el 11 de julio.

Características del nuevo nivel de cuenta

El nuevo nivel de cuenta es exclusivo para clientes personas físicas de nacionalidad mexicana y con residencia en México, cuya operación se encuentra limitada a 15,000 Unidades de Inversión por cliente de manera mensual, estableciendo de manera paralela la obligación de identificar y conocer a dichos clientes, integrando los expedientes correspondientes.

Obligaciones de monitoreo e identificación

Se deberán modificar las medidas o procedimientos contenidos en el manual de cumplimiento o la política de identificación y conocimiento del cliente relativas al monitoreo de las operaciones en dichas cuentas nivel 2 Bis, para permitir contar con información estadística que incluya montos y zonas geográficas de la operación.

De igual forma, se incorpora como documento de identificación de clientes a la Clave Única de Registro de Población que contenga huellas dactilares y fotografía.

Impacto en otras obligaciones

La inclusión de las cuentas nivel 2 Bis implica a su vez adecuar el cumplimiento de otras obligaciones, como adecuaciones a las políticas o manuales y la integración de expedientes que, de igual forma, deberán considerarse como aspectos relevantes al realizar el informe de auditoría correspondiente, o la metodología de enfoque basada en riesgos.

Plazo de cumplimiento

Finalmente, las entidades financieras contarán con un plazo de 18 meses a partir de la entrada en vigor de la reforma para realizar las adecuaciones tecnológicas, operativas y documentales necesarias para dar cumplimiento a las reformas.

En Baker Tilly, contamos con un equipo de expertos que podrán brindarte asesoría para el adecuado cumplimiento de estas obligaciones.

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