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Fiscalización en materia de contabilidad electrónica

Lauro Acero 10 mar 2025

De acuerdo con lo dispuesto por la fracción IV del artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF), los contribuyentes obligados a llevar contabilidad deben ingresar mensualmente su información contable a través de la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La omisión en el envío de esta información constituye una infracción conforme a lo establecido en la fracción XLI del artículo 81 del CFF. En consecuencia, la falta de presentación de la contabilidad electrónica puede resultar en una multa que oscila entre $7,110 y $21,310. Esta sanción se aplica en los siguientes casos:

  • No ingresar la información contable a través del portal del SAT dentro de los plazos establecidos.

  • Ingresar archivos alterados que impidan su lectura.

  • No cumplir con las reglas de carácter general emitidas para tal efecto.

  • No atender los requerimientos de información o documentación formulados por las autoridades fiscales en esta materia.

Mayor fiscalización por parte del SAT

Recientemente, hemos observado un incremento en la fiscalización por parte de las autoridades fiscales debido a la falta de presentación oportuna de la contabilidad electrónica.

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Lauro Acero
Socio Director

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